Asesoría de Empresas en Albacete
IMPORTANTE: Suprime la posibilidad de pacto entre las partes para alargar los plazos de pago.
PLAZO MAXIMO PAGO A PROVEEDORES. 60 días desde la recepción de las mercancías o prestación de los servicios. Si se recibe la factura antes, no empieza a contar hasta la entrega de los bienes o la prestación de los servicios.
Para productos frescos y perecederos: 30 días.
PLAZO ENTREGA DE LAS FACTURAS: 30 días desde la entrega de mercancía o prestación del servicio.
EL RETRASO en el pago GENERA INDEMNIZACION por los gastos que se causen y que SEAN DEBIDAMENTE PROBADOS. Importe máximo 15% de la cuantía de la deuda, salvo para las inferiores a 30.000 € en los que el límite es el importe de la deuda.
SOLO PARA CONTRATOS REALIZADOS DESPUES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY (07/07/2010)
REGIMEN TRANSITORIO DE LOS PLAZOS MAXIMO DE PAGO:
Desde7/7/2010 hasta 31/12/2011: 85 días.
Desde 1/1/2012 hasta 31/12/2010: 75 días.
Desde 1/1/2013: 60 días.
Este régimen transitorio no se tiene en cuenta para los productos frescos y perecederos.
CONTRATOS CON LA ADMINISTRACION
Obligación de pago del precio en los 30 días siguientes a la fecha de expedición de la certificación de obra o factura. Se abonarán intereses de demora e indemnización por costes de cobro a partir de esa fecha.
Procedimiento: reclamación por escrito una vez transcurridos los 30 días. Si en un mes la Administración no ha contestado se entiende reconocido el derecho y se deberá formular recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración solicitando como medida cautelar el pago inmediato de la deuda (que se acordará salvo casos excepcionales).
Este plazo se aplicará a partir del 1 de enero de 2013. Hasta 31 de diciembre de 2010, el plazo sigue siendo de 55 días. Durante 2011, 50 días y durante 2012, 40 días.
Resumen Ley 15/2010 de plazos de cobro. Ojo!! Modificación en puertas
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Abiertos Plazos Subvenciones CLM